Ayuda para sufragar otros gastos académicos
La Dirección de Atención a las Víctimas del Terrorismo del Departamento de Interior concederá ayudas al estudio, para el abono de los precios por servicios académicos a que hagan frente para cursar estudios no conducentes a la obtención de una titulación oficial del sistema de enseñanza.
La dotación presupuestaria es ampliable
- Decreto 290/2010 de 9 de noviembre (BOPV N 6125/2010)
Desarrollo del Sistema Integral a las Víctimas del Terrorismo
Oficinas de atención al público:
• Dirección de Atención a las Víctimas del Terrorismo
C/ Adriano VI, 20, 2º
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
• Horario de atención al público:
• De lunes a viernes de 9:00 a 13:00 horas.
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
- Horario de atención telefónica:
El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
- Número de Teléfono:
Desde el País Vasco: 012
Desde fuera del País Vasco: 945 018000
Desde el extranjero: 00 34 945 018000
Zuzenean - Atención Ciudadana
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Gobierno Vasco. Dirección de Atención a las Víctimas del Terrorismo
Donostia-San Sebastian, 1
01010 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Zuzenean - Atención Ciudadana
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Gobierno Vasco. Dirección de Atención a las Víctimas del Terrorismo
Donostia-San Sebastian, 1
01010 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
La Dirección de Atención a las Víctimas del Terrorismo del Departamento de Interior concederá ayudas al estudio, para el abono de los precios por servicios académicos a que hagan frente para cursar estudios no conducentes a la obtención de una titulación oficial del sistema de enseñanza.
- Quienes hayan sufrido daños personales físicos o psicofísicos de singular gravedad consecuencia de acciones terroristas, sus cónyuges o personas con las que convivan de forma permanente con análoga relación de afectividad, y sus hijos e hijas o quienes se encuentren legalmente en acogimiento familiar. Estas acciones terroristas deberán haberse cometido en el territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi o cuando, pese a haber acaecido fuera del mismo, la persona afectada estuviera domiciliada en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- También serán beneficiarios de los derechos y ayudas regulados en este Capítulo aquellas personas referidas en el apartado anterior que hayan precisado fijar su domicilio fuera de la Comunidad Autónoma de Euskadi por circunstancias vinculadas exclusivamente a su condición de víctimas del terrorismo.
- Así como los progenitores de quienes hayan sufrido los daños personales de singular gravedad.
Los estudios deberán cursarse en centros de enseñanza reconocidos como tal en el correspondiente registro de centros docentes y ubicados dentro del territorio español
Anualmente sólo se sufragará un curso académico.
Se subvencionará el 50% del curso solicitado, con un máximo de 1.200 euros por curso académico. No obstante, excepcionalmente, atendiendo a la necesidad del beneficiario derivada de su particular situación económica y personal, podrá sufragarse la totalidad de los gastos académicos, siempre con el señalado límite de 1.200 euros.
La cantidad máxima a percibir durante toda la carrera académica del beneficiario será de 5000 euros.
El pago de la subvención correspondiente se devengará una vez acreditadas documentalmente ante la Dirección de Atención a las Víctimas del Terrorismo las facturas de los gastos abonados.
El formulario de solicitud es un pdf rellenable, que la persona y/o entidad interesada puede rellenar, imprimir y entregar en los lugares de presentación especificados
El formulario de solicitud es un pdf rellenable, que la persona y/o entidad interesada puede rellenar, imprimir y entregar en los lugares de presentación especificados
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
El período de solicitud de las ayudas ,se corresponderá con el primer trimestre del curso para el que se requiera la ayuda.
La Dirección de Atención a las Víctimas del Terrorismo dictará y notificará la resolución de la solicitud de ayuda en el plazo máximo de seis meses.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Gobierno Vasco; Consejero/a de Interior.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.