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  • Servicio de Atención Telefónica a Mujeres Víctimas de Violencia de Género 900 840 111
  • Catálogo de prestaciones y ayudas destinadas a las mujeres víctimas de la violencia de género
  • Campaña Pon fin a esta Pesadilla
  • Campañas

Ayudas a organizaciones y asociaciones que promuevan la prestacion de atención, solidaridad y apoyo a las víctimas de la violencia de género.

RESUMEN
Título:
Ayudas a organizaciones y asociaciones que promuevan la prestacion de atención, solidaridad y apoyo a las víctimas de la violencia de género.
Objeto:

Conscientes de las necesidades económicas de estas organizaciones para la prestación de estos servicios, el Departamento de Interior regula por medio de la presente Orden las ayudas destinadas al desarrollo de acciones tendentes a la prestación de atención, apoyo y asistencia a las mujeres víctimas de la violencia de género.

Dotación presupuestaria:

Para la financiación de las subvenciones previstas en la presente Orden se destina la cuantía global de cuatrocientos mil (400.000) euros.

Normativa reguladora:
  • ORDEN del 11 de julio. de 2011, del consejero de Interior (BOPV N 03548/2011)

    Es objeto de la presente Orden la regulación de las ayudas económicas que el Gobierno Vasco, a través del Departamento de Interior, destina, para el año 2011, a la realización de proyectos y actividades cuya finalidad sea el apoyo, la atención, el acompañamiento, la asistencia jurídica y psicosocial, la inserción y orientación laborales, así como cualquier otro tipo de actuación a favor de las mujeres víctimas de la violencia de género. Serán también objeto de subvención los proyectos y actividades dirigidas a la prevención de la violencia de género en todas sus manifestaciones y a la sensibilización de la ciudadanía en materia de violencia de género.

ORGANISMOS
Entidad convocante:
Interior
Órgano convocante:
Consejero/a de Interior
Entidad resolutora:
Interior
Órgano resolutor:
Dirección de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género
Contacto presencial:

Oficinas de atención al público (Servizio Zuzenean):

  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)

Horario de atención al público:

  • De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

 

Dirección de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género

  • Bilbao
    Gran Vía 81, 1
    48011 Bilbao (Bizkaia)
  • Vitoria-Gasteiz
    Donostia-San Sebastian 1
    01010- Vitoria-Gasteiz (Alava)
Contacto telefónico:

La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.

  • Horario de atención telefónica (Servicio Zuzenean):
    El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
  • Número de Teléfono:
    Desde el País Vasco: 012
    Desde fuera del País Vasco: 945 018000
    Desde el extranjero: 00 34 945 018000



  • Dirección de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género
    Bilbao: 946075650
    Vitoria-Gasteiz: 945 018786









TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:

Zuzenean - Atención Ciudadana

  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)

Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

 

Dirección de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género

  • Bilbao
    Gran Vía 81, 1
    48011 Bilbao (Bizkaia)
  • Vitoria-Gasteiz
    Donostia-San Sebastian 1
    01010- Vitoria-Gasteiz (Alava)


Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

 

 

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Zuzenean - Atención Ciudadana

  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)

Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

 

Dirección de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género

  • Bilbao
    Gran Vía 81, 1
    48011 Bilbao (Bizkaia)
  • Vitoria-Gasteiz
    Donostia-San Sebastian 1
    01010- Vitoria-Gasteiz (Alava)


Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

 

 

Ayudas a asociaciones que trabajen para erradicar la violencia de género

El Departamento de Interior regula por medio de la presente Orden las ayudas destinadas al desarrollo de acciones tendentes a la prestación de atención, apoyo y asistencia a las mujeres víctimas de la violencia de género.

DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas objeto de la presente Orden, las organizaciones y asociacio­nes, sin ánimo de lucro, radicadas en la Comunidad Autónoma de Euskadi, que tengan por objetivo y fi­nalidad el apoyo, la atención, el acompañamiento, la asistencia jurídica y psicosocial, la inserción y orientación laborales, así como cualquier otro tipo de actuación a favor de las mujeres víctimas de la violencia de género. Serán también objeto de subvención los proyectos y actividades dirigidas a la prevención de la violencia de género en todas sus manifestaciones y a la sensibilización de la ciudadanía en materia de violencia de género

a) Que entre sus fines y objetivos, según sus estatutos, se prevea la protección, atención, asistencia jurídica o psicológica, acompañamiento, orientación e inserción laborales, la formación o información de las mujeres víctimas de violencia de género, la prevención de la violencia de género y la sensibilización de la ciudadanía en dicho ámbito o, en su caso, acrediten fehacientemente, por cualquier medio admitido en Derecho, experiencia en el desarrollo y ejecución de proyectos o programas dirigidos a las mujeres víctimas de violencia de género en los ámbitos referidos.

b) Que cuenten con las infraestructuras, equipamiento y recursos humanos necesarios para llevar a cabo el proyecto, acreditando por cualquier medio admitido en derecho tales circunstancias, lo que se acompañará a la solicitud.

PRESTACIÓN
Dotación:

Se destina la cuantía global de cuatrocientos (400.000) euros.

Límite:

Las ayudas reguladas en esta Orden son compatibles con aquellas otras que, con el mismo objeto y finalidad, pudieran ser otorgadas por ésta u otras Administraciones o entes públicos o privados. En cualquier caso, el importe total de las subvenciones recibidas no podrá superar el coste total de la actividad a subvencionar

Gastos subvencionables.

1.-Dentro de los proyectos presentados, sólo serán subvencionables los gastos que necesariamente estén asociados a su ejecución y que aparezcan descritos en la memoria del proyecto; se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2011.

2.- Se consideran gastos indirectos aquellos gastos corrientes de funcionamiento que aparezcan recogidos en el presupuesto desglosado y detallado de la actividad que presente la entidad solicitante y que estén vinculados de manera indudable al desarrollo de la misma. Estos gastos no podrán superar en ningún caso el 10% del coste total del proyecto.

3.- Los salarios del personal destinado al proyecto serán subvencionables en proporción a la dedicación, plena o parcial, que en cada caso corresponda. En los gastos de personal, se incluirá la cuota empresarial de la Seguridad Social.

4.- No se podrá incluir como gasto subvencionable el importe del IVA deducible cuando la entidad solicitante esté sujeta a realizar la declaración del mencionado impuesto.

5.- En el caso de que el presupuesto presentado por la entidad solicitante incluyera gastos considerados como no subvencionables en el presente artículo, el Tribunal Calificador no los computará al objeto de determinar el presupuesto de gastos subvencionables que será tenido en cuenta para la determinación del importe de la subvención que se recoja en la propuesta de resolución.

6.- En cuanto a los arrendamientos y cánones, éstos sólo serán subvencionables si están directa y exclusivamente relacionados con la actividad objeto del proyecto.

7.- Serán gastos subvencionables los correspondientes a la subcontratación de servicios (profesionales independientes…), siempre que no excedan del 30 % del importe total del proyecto.

Forma de pago:

Las subvenciones, que serán de pago único, se abonarán previa justificación de la realización de todas las actividades subvencionadas ante la Dirección de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género, mediante la aportación de la documentación acreditativa de la realización de las actividades subvencionadas con fecha límite 16 de enero de 2012.

TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Solicitud y Aportación de Documentación
Solicitud y Aportación de Documentación:
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Presencial
Formularios:
Solicitud para tramitar la ayuda (Solicitud)

La solicitud es un formulario PDF que puede rellenarse e imprimirse por la entidad solicitante y deberá entregarse junto con la documentación requerida.

Anexo I (Doc. Ayuda)

Este documento se entregará junto con la solicitud.

Documentación:
  • Documentación a adjuntar a solicitud

    Documentación a adjuntar a la solicitud

    Junto con la solicitud las entidades interesadas aportarán la siguiente documentación:

    • Acreditación de los datos de identidad de la persona que legalmente represente a la entidad solicitante, que deberá coincidir con quien firme la solicitud (DNI, pasaporte o similar).
    • Acreditación de la constitución legal de la entidad según su naturaleza jurídica propia y de la inscripción en el registro correspondiente.
    • Acreditación de la representación legal voluntaria de la persona que firme la solicitud en nombre y representación de la entidad solicitante, en la que se haga constar la capacidad para obligarse en nombre de la misma.
    • Memoria del proyecto especificando:

    - Objeto del proyecto.

    - Metodología utilizada.

    - Personas destinatarias previstas.

    - Lugar de prestación de servicios.

    - Trayectoria de la entidad solicitante en materia de violencia de género.

    - Relación de actividades llevadas a cabo por la entidad solicitante en el ámbito de la violencia de género en la Comunidad Autónoma del País Vasco durante los últimos tres años, hayan sido o no objeto de subvención por parte de organismos públicos o privados.

    - Recursos humanos de que dispone la entidad que se destinarán a la realización del proyecto, especificando si son propios, subcontratados o voluntarios. Se especificará categoría laboral, porcentaje del tiempo imputable al proyecto, así como titulación o experiencia profesional de las personas que van a participar en la realización de la actividad objeto del proyecto.

    - Periodo de ejecución del proyecto, que en ningún caso superará el día 31 de diciembre de 2011.

    • Presupuesto detallado que la realización del proyecto conlleve y desglose de cada una de las partidas de las que consta, debiendo ser recogidas, en su caso, las siguientes:

    1. Personal (nóminas y gastos de seguridad social).

    2. Subcontratación de empresas (no más del 30% del presupuesto total del proyecto).

    3. Material amortizable (adquisición o coste del alquiler de los equipos necesarios para la realización del proyecto, siempre que se hayan comprado después de la fecha de inicio del proyecto, con un máximo del 10% del coste total del proyecto).

    4. Alquileres y arrendamientos, siempre que estén directamente relacionados con la ejecución del proyecto.

    5. Publicaciones y actividades de comunicación.

    6. Gastos indirectos: Se entiende por tales los gastos derivados de la gestión y administración de la entidad, limpieza, agua, electricidad, teléfono, etc. Para el supuesto de que la entidad beneficiaria no pueda acreditar el importe que efectivamente deba ser aplicado al desarrollo del proyecto, se aplicará un porcentaje del 10 % del coste total del proyecto.

    7. Otras subvenciones (públicas, privadas), en su caso.

    8. Cantidad financiada por la propia entidad solicitante, en su caso.

    9. Coste total del proyecto.

    • Alta de Terceros/as”.
    • Lo que la entidad solicitante estime necesario a efectos de baremación
  • Instrucciones para la aportación de documentación

    En estas instrucciones se describe la forma de aportar la documentación que se solicita en la convocatoria. En cada caso se especifican las posibilidades existentes.
    Independientemente del canal de tramitación elegido, la documentación puede presentarse en formato papel, electrónico o dar el consentimiento para que la administración obtenga el dato.

Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Solicitud tramitación electrónica

El formulario de solicitud, enlaza directamente con la tramitación electrónica. Para ello, le pedirá que se identifique con un certificado electrónico:

  • Para Personas Físicas: DNIe, ONA, Certificado de Ciudadano
  • Para Personas Jurídicas: Certificado de entidad

Junto al formulario de solicitud, debe de aportar documentación específica.
Es recomendable obtener los certificados que vaya a tener que aportar antes de iniciar la tramitación, así como cumplimentar otros formularios si fuera necesario y guardarlos en su ordenador

Documentación Canal electrónico

La documentación podrá ser presentada en formato papel (fotocopia) o formato electrónico (copia escaneada, en formato pdf firmada electrónicamente)

Para solicitar ayuda económica es necesario aportar los siguientes impresos y documentos:

Impresos:

1.- Acreditación Datos de Identidad

Si la persona se ha identificado con un certificado de persona, no deberá aportar ninguna documentación.Documento Nacional de Identidad, pasaporte o documento similar acreditativo de la identidad de la persona que firma la solicitud.

En caso de actuar la entidad por medio de representación legal:

2.- Acreditar la Representación legal voluntaria

Las personas físicas y jurídicas pueden actuar ante la Administración por medio de representante.
Esta representación debe de acreditarse por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna. Para los actos y gestiones de mero trámite se presume la representación.
La representación permite formular solicitudes, entablar recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona.
Los datos de acreditación de persona representante, pueden se aportados en soporte papel (fotocopia) o electrónico (copia escaneada en formato pdf firmado electrónicamente) y se acreditan mediante:

3.- Documentación Relativa al Proyecto Subvencionable

  • Anexo I - Memoria del Proyecto cumplimentado

4.- Documentación para el libramiento de Pagos o "Alta de Terceros/as"

Para que la Administración pueda realizar los pagos, en caso de resolución favorable, es necesario registrar en la base de datos de la Oficina de Control Económico los datos necesarios para realizar los pagos de acuerdo con lo regulado en el Artículo 20 del Decreto 211/1997, de 30 de septiembre, de la Tesorería General del País Vasco.
Se acreditan mediante uno de los siguientes documentos:

5.- Documentación a adjuntar a la solicitud

Junto con la solicitud las entidades interesadas aportarán la siguiente documentación:

  • Acreditación de los datos de identidad de la persona que legalmente represente a la entidad solicitante, que deberá coincidir con quien firme la solicitud (DNI, pasaporte o similar).
  • Acreditación de la constitución legal de la entidad según su naturaleza jurídica propia y de la inscripción en el registro correspondiente.
  • Acreditación de la representación legal voluntaria de la persona que firme la solicitud en nombre y representación de la entidad solicitante, en la que se haga constar la capacidad para obligarse en nombre de la misma.
  • Memoria del proyecto especificando:

- Objeto del proyecto.

- Metodología utilizada.

- Personas destinatarias previstas.

- Lugar de prestación de servicios.

- Trayectoria de la entidad solicitante en materia de violencia de género.

- Relación de actividades llevadas a cabo por la entidad solicitante en el ámbito de la violencia de género en la Comunidad Autónoma del País Vasco durante los últimos tres años, hayan sido o no objeto de subvención por parte de organismos públicos o privados.

- Recursos humanos de que dispone la entidad que se destinarán a la realización del proyecto, especificando si son propios, subcontratados o voluntarios. Se especificará categoría laboral, porcentaje del tiempo imputable al proyecto, así como titulación o experiencia profesional de las personas que van a participar en la realización de la actividad objeto del proyecto.

- Periodo de ejecución del proyecto, que en ningún caso superará el día 31 de diciembre de 2011.

  • Presupuesto detallado que la realización del proyecto conlleve y desglose de cada una de las partidas de las que consta, debiendo ser recogidas, en su caso, las siguientes:

1. Personal (nóminas y gastos de seguridad social).

2. Subcontratación de empresas (no más del 30% del presupuesto total del proyecto).

3. Material amortizable (adquisición o coste del alquiler de los equipos necesarios para la realización del proyecto, siempre que se hayan comprado después de la fecha de inicio del proyecto, con un máximo del 10% del coste total del proyecto).

4. Alquileres y arrendamientos, siempre que estén directamente relacionados con la ejecución del proyecto.

5. Publicaciones y actividades de comunicación.

6. Gastos indirectos: Se entiende por tales los gastos derivados de la gestión y administración de la entidad, limpieza, agua, electricidad, teléfono, etc. Para el supuesto de que la entidad beneficiaria no pueda acreditar el importe que efectivamente deba ser aplicado al desarrollo del proyecto, se aplicará un porcentaje del 10 % del coste total del proyecto.

7. Otras subvenciones (públicas, privadas), en su caso.

8. Cantidad financiada por la propia entidad solicitante, en su caso.

9. Coste total del proyecto.

  • Alta de Terceros/as”.
  • Lo que la entidad solicitante estime necesario a efectos de baremación.


Electrónico
Aplicaciones:


Específicos de la Subvención
Los trámites específicos son los que, dependiendo del tipo de procedimiento de ayuda de que se trate, la persona interesada tiene que realizar a lo largo de la vida de su expediente cuando la administración se lo solicita.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, los trámites se realizan a través de "Mis Gestiones" previa identificación con un certificado electrónico..
Justificación
Justificación :
La administración procederá a efectuar el segundo pago por el 25% restante, previa justificación de la realización de todas las actividades subvencionadas ante la Dirección de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género, mediante la aportación de la documentación acreditativa de la realización de las actividades subvencionadas. Dicha documentación justificativa deberá remitirse a la Dirección de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género del Departamento de Interior del Gobierno Vasco, siendo fecha límite para su presentación el día 31 de enero de 2012.
Presencial
Documentación:
  • Documentación Justificativa

    La entidad beneficiaria, deberá justificar el importe de la cantidad aporbada por la Dirección de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género.
    En todos los casos, los justificantes de gasto, deberán estar acompañados de la acreditación de su pago

    Documentación a presentar:

    • Memoria detallada del programa o actividad realizados, acompañada del presupuesto ejecutado de ingresos y gastos
    • Facturas originales o copia de facturas compulsadas por la Dirección de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género de los gastos realizados junto con la acreditación de su pago.

    La justificación deberá realizarse dentro del mes siguiente a la finalización de las actividades subvencionadas, que en ningún caso podrán superar la fecha de 31 de diciembre de 2011.  

Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Mis Gestiones

La documentación relativa al trámite de justificación utilizando el canal electrónico, se realizará a través de Mis Gestiones.

Documentación a presentar:

  • Memoria detallada del programa o actividad realizados, acompañada del presupuesto ejecutado de ingresos y gastos
  • Copia de Facturas de los gastos realizados junto con la acreditación de su pago.

La justificación deberá realizarse dentro del mes siguiente a la finalización de las actividades subvencionadas, que en ningún caso podrán superar la fecha de 31 de diciembre de 2011.  



Comunes de la Subvención
Los trámites comunes, no son obligados, y la persona interesada puede realizarlos a lo largo de la vida de su expediente por iniciativa propia o cuando la administración le comunica que tiene esa opción.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de “Mis Gestiones” previa identificación con un certificado electrónico
Aportación de Documentación
Aportación de Documentación:
El/La interesado/a deberá de presentar, para la aportación de documentos requeridos por la administración o que el/la propio/a interesado/a estime conveniente aportar el siguiente formulario indicando los documentos que adjunta.
Presencial
Formularios:
Aportación de Documentación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aportación de documentos requeridos por la administración.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Ampliación de Plazo
Ampliación de Plazo:
Cuando la solicitud de iniciación no reúna los requisitos exigidos en la normativa específica de convocatoria requerirá al/a interesado/a para que en un plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. El/La interesado/a, siempre y cuando no sea un procedimiento de concurrencia competitiva, puede solicitar la ampliación del plazo para la subsanación o la aportación de los documentos requeridos presentando el siguiente formulario cumplimentado. Este plazo puede ser ampliado en cinco días siempre y cuando la aportación de los documentos presente dificultades especiales.
Presencial
Formularios:
Ampliación de Plazo (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la ampliación de plazo de subsanación.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Modificación Datos Notificación
Modificación Datos Notificación:
El/La interesado/a puede modificar sus datos personales de notificación en este procedimiento rellenando el formulario adjunto en el que indicará el canal por el que desea recibir las notificaciones y el idioma.
Presencial
Formularios:
Modificación Datos Notificación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la modificación de datos personales de notificación en el procedimiento.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Desistimiento
Desistimiento:
El/La Interesado/a tendrá derecho a desistir de su solicitud una vez realizada la misma, en cualquier momento hasta que haya sido dictada la resolución. El desistimiento no impide al/a interesado/a seguir conservando los derechos que le amparan que podrá hacer valer, si lo desea, en otro procedimiento.
Presencial
Formularios:
Desistimiento (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar desistimiento de su solicitud
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Aceptación de la Ayuda
Aceptación de la Ayuda:
Si el/la interesado/a está conforme con la ayuda concedida puede aceptarla cumplimentando el formulario que se le facilita. En este caso, la Administración continuará, una vez recepcionada la aceptación, con los trámites necesarios para el pago de la ayuda.
Presencial
Formularios:
Aceptación de la Ayuda (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aceptación de la ayuda concedida.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Renuncia
Renuncia:
El/La Interesado/a tendrá derecho a renunciar a la continuación del procedimiento o a la ayuda solicitada, una vez dictada la resolución de la misma, si bien, el/la interesado/a que renuncia, pierde los derechos que le amparan.
Presencial
Formularios:
Renuncia (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la renuncia respecto a la continuación del procedimiento o ayuda solicitada.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Recurso Alzada
Recurso Alzada:
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo a través del cual se busca que un órgano administrativo revise un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente de él, buscando que enmiende conforme a Derecho el acto del órgano inferior.
Presencial
Formularios:
Recurso Alzada (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la interposición de recurso de alzada
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
14/07/2011 - 02/08/2011
Fecha límite de presentación:

El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución a las entidades, beneficiarias o no, será de dos meses contados a partir de la fecha de publicación de la presente Orden. La resolución será notificada a las entidades individualmente.

Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    Consejero/a de Interior.
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  Consejero/a de Interior.
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.