La violencia de género es un grave problema social cuya principal causa radica en la desigualdad entre hombres y mujeres. Sin duda, la lucha contra la violencia de género pasa ineludiblemente por atacar directamente las bases de la desigualdad en nuestra sociedad.
Sin embargo, el problema de la violencia tiene diferentes ámbitos de intervención, uno muy concreto es la atención a las mujeres que la sufren de forma directa. Los datos revelan una situación sumamente preocupante:el número de mujeres asesinadas a manos de sus parejas o ex parejas en los últimos años a causa de la sin razón machista supera con creces al de víctimas de otras acciones terroristas que reciben mucha más repercusión mediática y mayor respuesta social.
La comparación no pretende restar importancia a ningún asesinato, sino reclamar la misma repulsa social y respuesta institucional, así como los mismos derechos para las víctimas y familiares de todas las personas asesinadas por actos de terrorismo, entendiendo, por tanto, la violencia de género como una forma más de terrorismo. Asumimos el término de “terrorismo misógino”, como lo denominan Esperanza Bosch y Victoria Ferrer, porque consideran que el maltrato hacia las mujeres obedece a un intento de mantener el dominio mediante el uso de la fuerza y el miedo, y así, entendemos la misoginia, el desprecio a las mujeres, como la consideración de que es legítimo y necesario que los hombres las controlen, siendo la ideología que subyace, mantiene y justifica esta forma de ejercer el terrorismo.
Además, esta nueva Dirección surge con el convencimiento de que es necesario luchar contra esta lacra social en toda su amplitud, y por tanto, el ámbito competencial de la misma no se reduce a la violencia que sufren las mujeres a manos de sus parejas o ex-parejas, sino que se entiende la violencia de género como "todo acto de violencia que se ejerce contra las mujeres por el mero hecho de serlo". En este sentido se incluyen, además de la violencia ejercida por la pareja o ex-pareja, la violencia contra las mujeres en el ámbito intrafamiliar (excepto la ejercida por la pareja o ex-pareja), y los delitos contra la libertad sexual: abuso sexual, agresión sexual, acoso sexual e intimidaciones en el trabajo, instituciones educacionales u otros lugares, exhibicionismo, provocación sexual, corrupción de menores, prostitución forzada y trata de mujeres y niñas, privaciones de libertad por razones religioso-culturales y pornografía de menores.
La Dirección de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género se convierte en ventanilla única de nuestro Ejecutivo para canalizar las demandas que la sociedad en general, y las víctimas, en particular, planteen a nuestro Gobierno. Nuestra finalidad inmediata es mejorar la atención, pero nuestro deseo es contribuir firmemente a la erradicación de esta lacra social que es la violencia contra las mujeres, para lo que uniremos nuestros esfuerzos a los que se vienen realizando desde otros ámbitos sociales e institucionales.
Todos y todas, por hacer o por dejar de hacer, somos parte del problema y por tanto, también debemos ser parte de su solución.
Fdo.: Mariola Serrano Argüeso
Directora de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género