ÁREAS DE ACTUACIÓN
Al Departamento de Interior le corresponden las siguientes funciones y áreas de actuación:
a) Policía de la Comunidad Autónoma.
b) Administración electoral.
c) Protección civil y atención de emergencias .
d) Policía de tráfico rodado por las vías de comunicación de la Comunidad Autónoma.
e) Juego, apuestas y espectáculos.
f) Transmisiones y comunicaciones en materia de seguridad.
g) Parque móvil policial.
h) Dirigir y coordinar las políticas sobre atención a víctimas del terrorismo.
i) Dirigir y coordinar las políticas sobre atención a víctimas de la violencia de género.
i bis) Meteorología.
j) Dirigir, de acuerdo con las Leyes y los reglamentos, los organismos autónomos, entes públicos de derecho privado y sociedades públicas adscritos al Departamento.
k) Las demás facultades que le atribuyan las Leyes y los reglamentos.
ÓRGANOS COLEGIADOS Y OTROS ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS
- Comisión Técnica Evaluadora del «Programa de Ayudas a las Víctimas del Terrorismo» creada por Decreto 214/2002 , de 24 de septiembre, por el que se regula el programa de Ayudas a las Víctimas del Terrorismo. (BOPV 185; 30-09-02)
- Comisión de Seguridad Vial de la Comunidad Autónoma del País Vasco creada por Decreto 212/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Comisión de Seguridad Vial de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV 250; 31-12-08).
- Comisión de Protección Civil de Euskadi creada por Decreto 24/1998, de 17 de febrero, por el que se regula la composición, funciones y organización de la Comisión de Protección Civil de Euskadi (BOPV 42; 3-03-98).
- Consejo Vasco de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas creado por Ley 4/1995, de 10 de noviembre, de espectáculos públicos y actividades recreativas.
- Consejo Vasco del Juego y Registro del Juego de la Comunidad Autónoma del País Vasco creado por Decreto 142/1990, de 29 de mayo (BOPV 127; 27-06-90).
- Comisión de Apuestas de Euskadi creada por Decreto 95/2005, de 19 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Apuestas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Comisión Vasca para la Seguridad creada por Ley 4/1992, de 17 de julio de Policía del País Vasco.
- Comisiones de Coordinación de ámbito local creadas por Ley 4/1992, de 17 de julio de Policía del País Vasco.
- Consejo de la Ertzaintza creado por Ley 4/1992, de 17 de julio de Policía del País Vasco.
- Comisión de Coordinación de las Policías Locales del País Vasco creada por Ley 4/1992, de 17 de julio de Policía del País Vasco.
- Comisión de Videovigilancia y Libertades creada por Decreto 168/1998, de 21 de julio, por el que se desarrolla el régimen de autorización y utilización de videocámaras por la Policía del País Vasco en lugares públicos regulado en la Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto.
- Consejo Vasco de Participación de las Víctimas del Terrorismo.
ORGANISMOS AUTÓNOMOS Y ENTES PÚBLICOS
El Organismo Autónomo Academia de Policía del País Vasco está adscrito al Departamento de Interior, a través de la Viceconsejería de Seguridad quien determinará las directrices generales de su funcionamiento y actuación, de conformidad con lo dispuesto en:
- Decreto 96/2010, de 30 de marzo, de estructura de la Academia de Policía del País Vasco (BOPV 70; 16-04-10)
- artículos 6.1 y 7.3 de la Ley 4/1992, de 17 de julio (BOPV 155; 11-08-92)
- Decreto 218/1993, de 27 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Academia de Policia del País Vasco (BOPV 146; 03-08-93)
REGISTROS
- Registro General de Entidades organizadoras y locales destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas
(Art. 22.-) Ley 4/1995, de 10 de noviembre (BOPV 230; 01-12-95)
- Registro Central del Juego de la Comunidad Autónoma del País Vasco
- Registro de Empresas de Seguridad:
(Art. 3.-) Decreto 309/1996, de 24 de diciembre (BOPV 5; 09-01-97)
- Registro de autorizaciones de instalaciones fijas de videocámaras:
(Art. 7.-) Decreto 168/1998, de 21 de julio (BOPV 142; 29-07-98)