El seguimiento del programa de trabajo del Consejero o Consejera.
Elaborar los estudios y análisis de interés para el desarrollo de la política del Departamento, que le sean requeridos por el Consejero o Consejera.
Recopilar, analizar y trasladar la información pertinente sobre los asuntos que tengan incidencia en el quehacer departamental, requiriendo para ello la colaboración de otros Organos del Departamento competentes por razón de la materia.
Coordinar la elaboración de las estadísticas departamentales y representar al Departamento en los órganos colegiados competentes en esta materia.
Desarrollar y atender las relaciones con los medios de comunicación social, así como diseñar y ejecutar la política de comunicación del Departamento, actuando como órgano de apoyo al resto de órganos del Departamento.
Diseñar y ejecutar las campañas o medidas de sensibilización social, destinadas a promover la colaboración ciudadana en materias relacionadas con el quehacer departamental, en coordinación con los demás órganos interesados.
Organizar los actos oficiales que celebre el Departamento, sin perjuicio de los que pudieran corresponder a la Dirección de Relaciones Sociales e Institucionales de la Secretara de la Presidencia.
Coordinar la organización de Congresos, Jornadas o Seminarios promovidos por el Departamento.
La elaboración del Programa Anual de Publicaciones del Departamento en colaboración con el Servicio Central de Publicaciones.
Canalizar las relaciones del Departamento con el Parlamento Vasco y con el Ararteko a través del órgano competente de la Vicepresidencia de Gobierno.
La coordinación de las funciones de información general al ciudadano, así como asegurar la articulación de los servicios de información y atención al ciudadano de Departamento con el Servicio de Atención al Ciudadano del Gobierno-Zuzenean.
Las funciones asignadas al Departamento en el Decreto 108/2004, de 8 de junio, del modelo de presencia de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi en Internet.
El impulso, coordinación y colaboración con las distintas Direcciones y áreas del Departamento y con los organismos adscritos al mismo para la ejecución de las medidas previstas en la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, y en el plan de igualdad aprobado por el Gob¡erno Vasco.